Programa social Apoyo a la Primera Infancia 2024

La alcaldía Miguel Hidalgo anuncia el Programa social Apoyo a la Primera Infancia 2024 que tiene como objetivo impulsar el desarrollo integral de la niñez en la demarcación territorial Miguel Hidalgo a través de un apoyo económico a niñas y niños que cumplan los criterios de la población beneficiada.

Programa social Apoyo a la Primera Infancia 2024

Características del Programa social Apoyo a la Primera Infancia 2024

  • Se beneficiará hasta 200 niñas y niños (incluyendo con discapacidad) con apoyos en especie, mediante servicios de cuidado, y con el servicio educativo-asistencial que se brinda en las Estancias Infantiles, cuyas madres, padres de familia y/o tutores tengan su centro de trabajo en la demarcación territorial.
  • Presupuesto autorizado de Hasta $2´400,000.00 (dos millones cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.)
  • Hasta $ 12,000.00 por cada niña o niño beneficiario sin alguna discapacidad y hasta $24,000.00, por cada niña o niño con alguna discapacidad, distribuidos en 5 ministraciones bimestrales a las responsables de las Estancias Infantiles.

Requisitos para personas beneficiaras para madre y padre de familia, y/o tutor legal

  • Para el caso de los tutores legales, tener la patria potestad, tutela, guarda custodia o representación legal de las y los infantes, para los que se requiera el servicio de cuidado y atención infantil.
  • Estar trabajando, estudiando o buscando empleo.
  • Que la madre y padre de familia, y/o tutor, residan preferentemente dentro de los límites de la Alcaldía Miguel Hidalgo, y en caso de encontrarse laborando que su centro de trabajo se encuentre en la Demarcación.
  • No podrán ser personas beneficiarias de este Programa Social aquellas que pertenezcan a otro programa social similar del Gobierno de la Ciudad de México.

Documentación a presentar en original (para cotejo) y una copia:

  • Solicitud de acceso de incorporación al Programa Social y en el que también deberá de manifestar bajo protesta de decir verdad que trabaja o estudia dentro de la Demarcación Territorial, o que es residente de la Alcaldía y/o se encuentra buscando empleo, además de no tener acceso a los servicios de cuidado y atención infantil.
  • Identificación oficial vigente (INE, cédula profesional, pasaporte o credencial de residencia); en caso de que la madre o padre de familia, sean menores de edad, deberán presentar una constancia emitida por autoridad competente donde certifique la relación de parentesco con la o el infante.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona solicitante, sólo en el caso de que se encuentre omitido en su identificación oficial.
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses anterior a la fecha de la presentación de la solicitud de incorporación al programa social (agua, luz, teléfono fijo, predial o gas), en caso de no radicar en la demarcación Miguel Hidalgo, se requiere comprobante de estudios o empleo con domicilio en esta demarcación territorial, vigente, no mayor a tres meses.

Requisitos para estancias infantiles

  • Ser personas físicas o morales, responsables de alguna de las Estancias Infantiles ubicadas dentro de la demarcación territorial Miguel Hidalgo.
  • Tener su domicilio de la Estancia Infantil en la demarcación territorial Miguel Hidalgo.
  • Que al momento de solicitar su incorporación, la Estancia Infantil se encuentre operando y brindando servicio educativo a población infantil de forma presencial.
  • Prestar un servicio de atención de manera habitual.
  • Solicitar su incorporación al programa social, en la Subdirección de Servicios Educativos, ubicada en Parque Lira No. 94, Primer piso, Colonia Observatorio, C.P. 11860, Miguel Hidalgo, CDMX, Teléfono 5276 7700 Ext. 2041 y 2034.
  • Acreditar el Estándar de Competencia: EC0435. (Titular responsable de la Estancia)
  • Que el espacio destinado a la Estancia Infantil, tenga como finalidad atender a la población objetivo del Programa Social.
  • Contar con el espacio físico suficiente para brindar servicios de cuidado y atención infantil por lo menos a 10 infantes.
  • El inmueble o espacio ocupado como Estancia Infantil deberá ubicarse en planta baja y primer piso.
  • Aceptar la ministración económica derivado del apoyo que reciba por prestar el servicio, en los medios y plazos que la Alcaldía Miguel Hidalgo determine de acuerdo a la normatividad y a la disponibilidad presupuestal vigente.
  • Que la Estancia Infantil se encuentre supervisada de forma periódica por el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México y/o la Secretaría de Educación Pública para su funcionamiento.

Documentación a presentar para estancias infantiles en original (para cotejo) y una copia:

  • Solicitud de acceso al Programa Social y de compromiso para la prestación del servicio educativo durante el presente programa, una vez que haya cumplido con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, mismas que deberá ser llenada por el responsable de la Estancia Infantil en las oficinas de la Subdirección de Servicios Educativos.
  • Identificación oficial vigente de la persona responsable de la Estancia Infantil (INE, cédula profesional o pasaporte).
  • CURP de la persona responsable, sólo en el caso de que se encuentre omitido en su identificación oficial.
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses anterior a la fecha de la presentación de la solicitud de incorporación al programa social (agua, luz, teléfono fijo, predial o gas).
  • Documento vigente que acredite la competencia o certificado en el Estándar de Competencia: EC0435 (Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral de las Niñas y los Niños en Centros de Atención Infantil).
  • Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral de la persona responsable de la Estancia Infantil.
  • Carátula de estado de cuenta a nombre de la persona física o moral de la persona responsable de la Estancia Infantil en donde se manifieste la CLABE interbancaria y/o realizar su trámite de alta de cuenta bancaria ante la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
  • Documento que acredite la propiedad, arrendamiento o comodato del inmueble, donde se encuentre la Estancia Infantil, misma que deberá ser dentro de la demarcación Territorial de Miguel Hidalgo.
  • Integrar, actualizar y/o llevar a cabo las gestiones correspondientes para el Programa Interno de Protección Civil de la Estancia Infantil, durante la duración del Programa Social.
  • Certificado de uso de suelo.
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.
  • Constancia Estructural vigente y/o que se encuentre en gestiones de su renovación ante la instancia responsable de su emisión y autorización.
  • Formato de Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles.
  • Listado de las niñas y niños beneficiarios que contenga: nombre completo, edad, Clave Única de Registro Poblacional (CURP), nombre de la madre, padre de familia y/o tutor, domicilio, importe unitario del apoyo y monto total de los apoyos.
    El listado deberá ser suscrito por la persona responsable de la Estancia Infantil y validado por la Subdirección de Servicios Educativos y deberá ser entregado para cada una de las ministraciones que comprende el programa social, mismo que tendrá el Aviso de Privacidad para la debida protección de los datos personales.

Registro Programa social Apoyo a la Primera Infancia 2024

Acudir personalmente el 06 de febrero del 2024 para Estancias Infantiles, 14 y 15 de febrero del 2024 para madres y padres de familia, y/o tutores interesados en realizar su registro, que deberán de entregar la documentación requerida al personal designado por la Subdirección de Servicios Educativos, ubicada en Parque Lira No. 94, Primer piso, Colonia Observatorio, C.P. 11860, Miguel Hidalgo, CDMX, Teléfono 5276 7700 Ext. 2041 y 2034.

El horario de registro será de las 10:00 a las 15:00 horas. Se considerará a las personas formadas en el momento del cierre; después de dicho horario no se recibirán solicitudes.
Las fechas y horas del registro podrán ser modificadas por la Alcaldía en caso fortuito o fuerza mayor.

Sólo podrán ser beneficiarias las personas que cumplan con los requisitos y aporten la documentación completa solicitada y en ningún caso se podrá realizar el trámite de la persona solicitante cuando presente su documentación incompleta.

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