Programa Pensión para el Bienestar Adultos Mayores 2024

El Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es una iniciativa del Gobierno de México destinada a brindar apoyo económico a las personas mayores de 65 años.

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Reponerla es muy fácil, sigue estos sencillos pasos:

  1. Repórtala en el Banco del bienestar al número: 800 900 2000.
  2. Acude al módulo del Bienestar más cercano a tu domicilio y pide reposición.
  3. Personal de la secretaría del Bienestar te informará cuando esté lista.

Programa Pensión para el Bienestar Adultos Mayores 2024

Para el ejercicio fiscal 2024, las nuevas reglas de operación incluyen un aumento en el monto de la pensión a $3,000.00 mensuales, pagaderos de manera bimestral. Este apoyo se otorga de manera directa y sin intermediarios, asegurando su accesibilidad para todos los beneficiarios.

Población Objetivo:

Este programa social va dirigido a todas las personas adultas mayores de 65 años o más de edad, mexicanas por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana.

Características de la Pensión para el Bienestar Adultos Mayores

  • $3,000.00 mensuales, entregados bimestralmente, es decir, se pagarán $6,000.00 bimestralmente por beneficiario.
  • Pago de marcha por única ocasión de $3,000.00 al adulto auxiliar registrado en caso de fallecimiento de la persona derechohabiente.

Requisitos para Acceder a la Pensión para el Bienestar Adultos Mayores

Criterios de Elegibilidad

  • Edad: Personas adultas mayores de 65 años o más.
  • Nacionalidad: Tener nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización.
  • Residencia: Residir en la República Mexicana.

Para efectos de la Pensión, la edad se considerará cumplida dentro del bimestre de incorporación.

Documentos Necesarios de incorporación

  • Acta de Nacimiento.
  • Documento de Identificación vigente:
    • Credencial para votar.
    • Pasaporte vigente o credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM).
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Formato Único de Bienestar debidamente llenado (ver muestra aquí!).

Requisitos para el Adulto Auxiliar

  • Documento de Identificación vigente:
    • Credencial para votar.
    • Pasaporte vigente o credencial del INAPAM.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Comprobante de domicilio (máximo 6 meses de antigüedad) o constancia de residencia de la autoridad local.
  • Formato Único de Bienestar debidamente llenado.

Importante: Si una persona adulta mayor no tiene alguno de los documentos necesarios debido a una situación de fuerza mayor o un accidente inesperado, debe escribir una carta explicando cuál documento le falta y por qué no lo tiene.

En esta carta, también debe incluir la información personal que debería estar en el documento faltante. La carta debe ser firmada ante dos testigos, quienes deben proporcionar su dirección y, si la tienen, una copia de su identificación oficial.

Pago de Marcha el Adulto Auxiliar del beneficiario

Si la persona beneficiaria fallece, su persona adulta auxiliar registrada en el programa puede recibir un pago único llamado Pago de Marcha de $3,000.00. Para recibir este apoyo, es necesario que la persona adulta auxiliar no haya recibido ningún pago después de la muerte del beneficiario.

La persona adulta auxiliar debe solicitar el Pago de Marcha presentando su identificación oficial y el acta de defunción o una constancia médica de una institución oficial que certifique la muerte. Esto debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento; si no se informa durante este periodo, se perderá el derecho al apoyo.

El Pago de Marcha se entregará en el bimestre siguiente a la notificación y registro del fallecimiento por la Delegación de Programas para el Desarrollo.

Método de Acceso al Programa Social Pensión para el Bienestar Adultos Mayores

El proceso para la atención a las personas solicitantes será de acuerdo con lo siguiente:

Proceso de Registro

  1. Identificación de las Personas Adultas Mayores: Se realiza a través de la compulsa de datos en sitio y que realicen las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas y del registro e inscripción en los Módulos de Atención instalados para tal efecto.
  2. Las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas a través de los Módulos de Atención serán las responsables de llevar a cabo el registro estatal de las personas solicitantes.
  3. Validación de Documentación: Se verifica que la documentación entregada sea correcta y completa.
  4. Se informará a la persona solicitante o a su adulto auxiliar, el resultado de su solicitud de incorporación al Programa, en un plazo máximo de dos meses a la captura del trámite por las Delegaciones de Programas para el Desarrollo a partir de su solicitud, en los Módulos de Atención o través de la Línea de Bienestar.
  5. Aviso de Incorporación: Una vez validado el registro, se inicia el proceso de entrega del medio de pago, preferentemente por tarjeta bancaria. A las personas derechohabientes que no cuenten con este medio de cobro o en los municipios que no cuenten con infraestructura bancaria, la entrega del apoyo económico se realizará de manera directa y sin intermediarios durante los Operativos Bienestar.
  6. Entrega de la Pensión: La pensión se entrega de manera bimestral, directa y sin intermediarios.

La entrega de la primera orden de emisión de pago o medio de cobro hará las veces de aviso de incorporación al programa.

IMPORTANTE: Para el caso de las personas incorporadas al Programa Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente, en el bimestre que cumplan 65 años de edad, previa validación, la DGVB, llevará a cabo las gestiones necesarias para su incorporación al padrón del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, con el medio de cobro que tuviera asignado en aquel Programa.

Derechos de los Derechohabientes

  • Recibir información clara y oportuna.
  • Recibir un trato digno, respetuoso y sin discriminación.
  • Recibir la pensión de manera directa y sin intermediarios.
  • Nombrar a una persona adulta auxiliar para recibir la pensión en su representación.
  • En caso de que la persona adulta mayor viva en condición de discapacidad o padezca alguna enfermedad que le impida salir de su domicilio, un familiar o persona adulta, podrá solicitar la visita del personal de la Secretaría de Bienestar para realizar su registro a la pensión.

Obligaciones de los Derechohabientes

  • Proporcionar información veraz y actualizada.
  • Notificar su cambio de domicilio o ausencia temporal, de manera inmediata en el Módulo de Atención, personalmente o a través de su persona adulta auxiliar.
  • Notificar la actualización o modificación de la CURP.
  • Resguardar y proteger su medio de cobro.
  • Los familiares de la persona derechohabiente de la pensión o su persona adulta auxiliar, deberán notificar de manera inmediata en el Módulo de Atención si éste fallece. Además, deberán presentar el documento que certifique el fallecimiento como:
    • Acta de defunción, o
    • Certificado de defunción emitido por la autoridad local.
    • Cuando la persona adulta auxiliar o familiar tenga conocimiento de la defunción de la persona adulta mayor, pero no cuente con el acta y/o certificado de defunción; podrá realizar un escrito libre en el que notifique a la Secretaría de Bienestar la fecha de la defunción y el motivo por el cual no se tiene el o los documentos citados, el escrito deberá contar con la firma de dos testigos.

Retención, Suspensión y Baja de Beneficiarios

Causales de Retención

  • Inconsistencias en los datos de identificación.
  • Dos no cobros consecutivos.
  • Posible duplicidad de registros.
  • No localización de la persona derechohabiente.
  • Incumplimiento a las Reglas de Operación.
  • Retención por no presentarse a recoger su medio de cobro.

Causales de Suspensión

  • Dos bimestres de pago en retención por alguna de las causales mencionadas.
  • No presentación a recoger el medio de cobro.
  • Suspensión por posible duplicidad.
  • Suspensión por no localización de la persona derechohabiente.
  • Suspensión por no presentarse a recoger su medio de cobro.

Causales de Baja

  • CURP en estatus de defunción.
  • Fallecimiento de la persona derechohabiente.
  • Baja por dos no cobros consecutivos.
  • Incumplimiento reiterado de las Reglas de Operación.
  • Baja por residencia en el extranjero. Cuando la persona derechohabiente realizó el cambio de domicilio y se corresponde con una residencia en el extranjero.

Reexpedición y Reactivación de la Pensión

  • La pensión puede ser reexpedida en casos de no cobro o causas de fuerza mayor.
  • Cuando la persona derechohabiente o su adulto auxiliar no hayan asistido a recibir el pago de su pensión en el bimestre anterior, se reexpedirá dicho pago de la pensión, junto con el pago del bimestre en curso.
  • Cuando por causas de fuerza mayor no se haya instalado la mesa de pago del Operativo Bienestar.
  • En caso de que el depósito de la pensión haya sido rechazado por la institución financiera correspondiente, se reexpedirá dicho pago de la pensión, junto con el pago del bimestre corriente.

La población objetivo de este programa federal son tres tipos de adultos:

Inversión anual pensión adultos mayores

Denuncias referentes al programa Pensión para el Bienestar Adultos Mayores 2024

Las denuncias podrán realizarse por escrito y/o vía telefónica, correo electrónico a través del Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas y de manera presencial en las oficinas que ocupa el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar a través de:

Órgano Interno de Control en la Secretaría de Bienestar:

Área de Especialidad en Quejas, Denuncias e Investigaciones, en el ramo Bienestar.

Para la recepción de denuncias Teléfono: 555328-5000 Extensiones 51448 y 51458.

Larga distancia sin costo: 800-714-8340

Correo electrónico: alma.cedillo@bienestar.gob.mx

Página web: Función Pública. y Alertadores Ciudadanos.

Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 11, Colonia Juárez, Demarcación Territorial: Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México.

Solicitar información del Programa Pensión para el Bienestar Adultos Mayores

Secretaría de Bienestar: Área de Atención Ciudadana:

Secretaría de Bienestar: Área de Atención Ciudadana, a través del correo electrónico: demandasocial@bienestar.gob.mx

Línea de Bienestar: 800 639 42 64, con un horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas; fines de semana y días festivos de 9:00 a 13:00 horas.

Domicilio: Avenida Paseo de la Reforma No. 116, Piso 10 Colonia Juárez, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México, con un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas.

Delegaciones de Programas para el Desarrollo en las entidades federativas, a través de las respectivas áreas de Atención Ciudadana y de los Módulos de Atención, con un horario de atención de 9:00 a 18:00 horas, los cuales puede consultar en la liga electrónica:

En los módulos de atención de la Secretaría del Bienestar que puedes CONSULTAR AQUÍ.


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  1. KARINA CHAVARRIA SILVA dice:

    Quiero saber si he sido inscrita al programa..
    Por favor

  2. Daniela Alejandra Hernández Villegas dice:

    Cuento con un negocio con necesidad de capital, soy una mujer viuda emprendedora con muchas ganas de seguir trabajando y sacar a mis hijos aún menores de edad adelante

  3. Guillermo Daniel dice:

    Quisiera saber si fui beneficiario de la. Palabra amlo

  4. Alejandra Cabrera dice:

    Quiero información de como ingresar al programa

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