Programa Apoyo a la primera infancia 2023

La alcaldía Miguel Hidalgo lanza la convocatoria al Programa Apoyo a la primera infancia 2023 cuyo objetivo es Impulsar el desarrollo integral de la niñez en la demarcación Miguel Hidalgo a través de un apoyo económico que será destinado a cubrir el servicio de Estancias Infantiles presencial.

Características del Programa Apoyo a la primera infancia 2023

  • Se beneficiará hasta 270 niñas y niños de forma indirecta, para continuar con el servicio educativo-asistencial que se brinda en las Estancias Infantiles.
  • Se les brindará un apoyo económico dividió en 10 ministraciones por cada infante beneficiado por el presente Programa Social.
  • Programa dirigido a niñas o niños de entre 1 año a 5 años 11 meses de edad, incluyendo niños y niñas con discapacidad, en cada caso, sin acceso directo o por parentesco a los sistemas de seguridad social.
  • Presupuesto autorizado de hasta $3´600,000.00 (tres millones seiscientos mil de pesos 00/100 M.N.)
  • Apoyo entregado en 10 ministraciones que se realizarán durante el transcurso del mencionado año, como un apoyo a las responsables de la Estancia Infantil incorporadas al Programa Social.
  • Hasta $ 12,000.00 (doce mil pesos 00/100 M.N.) por cada niña o niño beneficiario sin alguna discapacidad y hasta $24,000.00 (veinticuatro mil pesos 00/100 M.N.), por cada niña o niño con alguna discapacidad distribuidos en 10 ministraciones.

Requisitos de acceso al Programa Apoyo a la primera infancia 2023

Acudir personalmente a realizar su registro y entregar la documentación requerida al personal designado por la Subdirección de Servicios Educativos, ubicada en Parque Lira No. 94, Primer piso, Colonia Observatorio, C.P. 11860, Miguel Hidalgo, CDMX, Teléfono 5276 7700 Ext. 2041 y 2034.

Sólo podrán ser beneficiarias las personas que cumplan con los requisitos y aporten la documentación completa solicitada y en ningún caso se podrá realizar el trámite de la persona solicitante cuando presente su documentación incompleta.

Perfil de la población beneficiaria para madre y padre de familia, y/o tutor legal.

Deberá de cumplir con los siguientes criterios:

  • Estar interesados en recibir los beneficios del Programa Social.
  • Para el caso de los tutores legales, tener la patria potestad, tutela, guarda custodia o representación legal de los infantes, para los que se requiera el servicio de cuidado y atención infantil.
  • Estar trabajando, estudiando o buscando empleo.
  • Que la madre y padre de familia, y/o tutor, residan preferentemente dentro de los límites de la Alcaldía Miguel Hidalgo, y en caso de encontrarse laborando que su centro de trabajo se encuentre en la Demarcación.
  • No contar con el servicio de cuidado y atención infantil, a través de instituciones públicas de seguridad social u otros.
  • En caso de ser de nacionalidad extranjera, deberá de acreditar la residencia permanente otorgada por la autoridad competente del Gobierno Federal.
  • No podrán ser personas beneficiarias de este Programa Social aquellas que pertenezcan a otro programa social similar del Gobierno de la Ciudad de México, ni aquellas personas trabajadoras activas en el servicio público en cualquier nivel y ámbito de la Administración Pública Local o Federal.

Documentación de ingreso al Programa Apoyo a la primera infancia 2023

  • Solicitud de acceso de incorporación al Programa Social, debidamente llenada.
  • Carta manifestando bajo protesta de decir verdad que trabaja o estudia dentro de la Demarcación Territorial, o que es residente de la Alcaldía y/o se encuentra buscando empleo, además de no tener acceso a los servicios de cuidado y atención infantil.
  • Identificación oficial vigente (INE o IFE, cédula profesional, pasaporte o credencial de residencia); en caso de que la madre o padre de familia, sean menores de edad, deberán presentar una constancia emitida por autoridad competente donde certifique la relación de parentesco con el infante.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) del solicitante.
  • Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses anterior a la fecha de la presentación de la solicitud de incorporación al programa social (agua, luz, teléfono fijo, predial o gas), en caso de no radicar en la demarcación Miguel Hidalgo, se requiere comprobante de estudios o empleo con domicilio en esta demarcación, vigente, no mayor a tres meses.
  • Último comprobante de ingreso mensual o carta patronal de o de los principales aportadores económicos de la familia, no mayor a tres meses; de no contar con esto podrá elaborar una carta bajo protesta de decir verdad, misma que se proporcionará en la Subdirección de Servicios Educativos, manifestando que trabaja, estudia dentro de la Demarcación Territorial, o que es residente de la Alcaldía y/o se encuentra buscando empleo, y en su caso declarar su ingreso mensual.
  • Aceptar la aplicación del estudio de valoración socioeconómica, por parte de las y los Trabajadores Sociales de la Institución Académica Especializada y con quien la Alcaldía Miguel Hidalgo celebrará un convenio de colaboración, en caso de identificar falsedad u omisión de información, podrá ser motivo de conclusión de la solicitud para el acceso al programa social.
  • Cumplir con los requisitos y documentos que solicite cada una de las Estancias Infantiles y en los momentos que se le requieran.

Perfil de población beneficiaria indirecta para las niñas y niños:

  • Estar inscrito en alguna de las Estancias Infantiles ubicadas en la Alcaldía Miguel Hidalgo y que cumplan con los requisitos.
  • De entre 1 año y hasta un día antes de cumplir 5 años 11 meses.
  • En caso de infantes con discapacidad, deberán de contar con Certificado de Discapacidad expedido por alguna Institución del sector salud público vigente y no mayor a un año a excepción de discapacidad permanente y estar inscrito en Estancia Infantil ubicadas en la Alcaldía Miguel Hidalgo y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Reglas.
  • Que la madre y padre de familia, y/o tutor se encuentren en un estado de vulnerabilidad, previa identificación de situación social a través de estudio de valoración socioeconómica.
  • Que la madre y padres de familia, y/o tutores trabajen, estudien dentro de la Demarcación Territorial, o que son residentes de la Alcaldía y/o se encuentran buscando empleo y que no cuenten, ni tengan la posibilidad de tener acceso a los servicios de cuidado y atención infantil de instituciones públicas de seguridad social u otros medios o bien que por motivos socioeconómicos no puedan solventar el costo de estos servicios.

Requisitos y documentación a presentar en original (para cotejo) y una copia:

  • Acta de Nacimiento del infante inscrito en Estancia Infantil. En el caso de guarda y custodia, adicionalmente se deberá presentar copia de la sentencia judicial que la acredite; y en caso de representación legal documento que lo acredite. Cuando la niña o niño por razones de enfermedad grave o crónico degenerativa, del padre o madre, que ejerce la guarda y custodia del infante, esté bajo el cuidado permanente de sus abuelos paternos o maternos, se presentará un Poder Notarial otorgado por el padre o madre de la niña o niño, donde se autorice al abuelo o abuela de realizar todos los trámites de incorporación e inscripción al programa social.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de la niña o niño inscrito en Estancia Infantil (cuando se trate de nacionalidad distinta a la mexicana, se deberá de firmar carta compromiso de entregar a las oficinas de la Subdirección de Servicios Educativos, la CURP en cuanto a los tiempos legales le permitan realizar dicho trámite).
  • En el caso de los infantes que presenten alguna discapacidad, deberán presentar Certificado de Discapacidad vigente y no mayor a un año, expedido por alguna institución del sector salud pública, el cual deberá contener lo siguiente: mención expresa de ser un certificado de discapacidad, fecha de expedición, nombre de la niña o niño que padece la discapacidad, tipo de discapacidad que se padece, descripción de la discapacidad, si es permanente y si requiere de cuidados especiales, los medicamentos y cuidados especiales que, en su caso lo requiere, nombre completo del médico que lo expide, número de Cédula Profesional de la especialidad, teléfono de contacto y firma autógrafa del médico. El certificado de discapacidad deberá entregar en copia y original para cotejo.
  • Credencial escolar vigente de la niña o niño, inscrito en una de las Estancias Infantiles ubicadas en la demarcación Miguel Hidalgo y que cumplan con los requisitos establecidos en los presentes lineamientos.
  • Concluir el trámite de inscripción a través del personal designado por la Subdirección de Servicios Educativos, mediante el llenado de la Cédula de Inscripción.

Requisitos para las Estancias Infantiles

  1. Ser personas físicas o morales, responsables de alguna de las Estancias Infantiles ubicadas dentro de la demarcación Miguel Hidalgo.
  2. Tener su domicilio en la demarcación Miguel Hidalgo.
  3. Que al momento de solicitar su incorporación, la Estancia Infantil se encuentre operando y brindando servicio educativo a población infantil de forma presencial.
  4. Prestar un servicio de atención a partir de las 08:00 horas y hasta las 16:00 horas
  5. Solicitar su incorporación al programa social, en la Subdirección de Servicios Educativos, ubicada en Parque Lira No. 94, Primer piso, Colonia Observatorio, C.P. 11860, Miguel Hidalgo, CDMX, Teléfono 5276 7700 Ext. 2041 y 2034.
  6. Acreditar el Estándar de Competencia: EC0435. (Titular responsable de la Estancia)
  7. Que el espacio destinado a la Estancia Infantil, tenga como finalidad atender a la población objetivo del Programa Social.
  8. Contar con el espacio físico suficiente para brindar servicios de cuidado y atención infantil por lo menos a 10 infantes. El espacio físico por aula deberá considerar un área de 2 metros cuadrados por cada infante.
  9. Contar con la capacidad técnica y operativa para prestar el servicio de Estancia Infantil. Asimismo garantizar la existencia de mecanismos e infraestructura que garanticen y faciliten la accesibilidad de las niñas o niños con discapacidad.
  10. El inmueble o espacio ocupado como Estancia Infantil deberá ubicarse en planta baja y primer piso.
  11. El inmueble ocupado como Estancia Infantil no podrá estar ubicado a menos de 50 metros de áreas que representen un alto riesgo.
  12. Cumplir con las presentes Reglas de Operación, así como con la documentación que establecen.
  13. Aceptar la ministración económica derivado del apoyo que reciba por prestar el servicio, en los medios y plazos que la Alcaldía Miguel Hidalgo determine de acuerdo a la normatividad y a la disponibilidad presupuestal vigente.
  14. Que exista una distancia entre Estancias que contemple un radio de 500 metros de cualquier Estancia Infantil incorporada al Programa, calculados de manera aproximada con las herramientas que se tengan al alcance; salvo que la demanda del servicio en el perímetro señalado lo requiera.
  15. Que la Estancia Infantil se encuentre supervisada de forma periódica por el Sistema de Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México para su funcionamiento.

Requisitos y documentación a presentar en original (para cotejo) y una copia:

Para las personas representantes de Estancia Infantil, que soliciten incorporarse al programa social, deberán exhibir en original y entregar copia para cotejo de lo siguiente:

  1. Solicitud de acceso al Programa Social y de compromiso para la prestación del servicio educativo durante el presente programa, una vez que haya cumplido con los requisitos establecidos en las presentes Reglas de Operación, mismas que deberá ser llenada por el responsable de la Estancia Infantil en las oficinas de la Subdirección de Servicios Educativos.
  2. Identificación oficial vigente del responsable de la Estancia Infantil (INE o IFE, cédula profesional o pasaporte).
  3. CURP del responsable.
  4. Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses anterior a la fecha de la presentación de la solicitud de incorporación al programa social (agua, luz, teléfono fijo, predial o gas).
  5. Documento vigente que acredite la competencia o certificado en el Estándar de Competencia: EC0435 (Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral de las Niñas y los Niños en Centros de Atención Infantil).
  6. Copia legible de la opinión de verificación administrativa del giro mercantil emitido por la autoridad competente en materia de protección civil que avale que el inmueble que ocupa la Estancia Infantil no se encuentra ubicado a menos de 50 metros de áreas que representen un alto riesgo, de acuerdo a lo previsto por la legislación local en materia de Protección Civil.
  7. Registro Federal de Contribuyentes de la persona física o moral de la responsable de la Estancia Infantil.
  8. Carátula de estado de cuenta a nombre de la persona física o moral de la responsable de la Estancia Infantil en donde se manifieste la CLABE interbancaria y/o realizar su trámite de alta de cuenta bancaria ante la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de México.
  9. Documento que acredite la propiedad, arrendamiento o comodato del inmueble, donde se encuentre la Estancia Infantil, misma que deberá ser dentro dela Demarcación Territorial de Miguel Hidalgo.
  10. Deberán de integrar su Programa Interno de Protección Civil (en el cual deberá de contar con las capacitaciones en materia de protección de civil del personal que se encuentra en el inmueble, integración de brigadas, rutas de evacuación, dictámenes de gas y eléctrico, vigencia de extintores, detectores de humo y botiquín, constancia de seguridad estructural emitido por un Director Responsable de Obra (DRO), formato de aviso para el funcionamiento de establecimientos mercantiles, entre los principales), durante la duración del programa social.
  11. Certificado de uso de suelo.
  12. Póliza de seguro de responsabilidad civil vigente.
  13. Constancia Estructural.
  14. Formato de Aviso para el funcionamiento de Establecimientos Mercantiles.
  15. Listado de las niñas y niños beneficiarios que contenga: nombre completo, edad, Clave Única de Registro Poblacional (CURP), nombre de la madre, padre de familia y/o tutor, domicilio, importe unitario del apoyo y monto total de los apoyos. El listado deberá ser suscrito por el responsable de la Estancia Infantil y validado por la Subdirección de Servicios Educativos y deberá ser entregado para cada una de las ministraciones que comprende el programa social, mismo que tendrá el Aviso de Privacidad para la debida protección de los datos personales.
  16. Aceptar la visita al inmueble por parte del personal del área de Protección Civil de la Alcaldía Miguel Hidalgo, así como la capacitación al personal docente, administrativo y directivo.

Es indispensable que la documentación se encuentre completa para dar inicio al proceso.

REGISTRO DE SOLICITANTES AL PROGRAMA

Acudir personalmente el 01 de marzo del 2023 para Estancias Infantiles, 02 y 03 de marzo del 2023 para madres y padres de familia, y/o tutores interesados en realizar su registro, que deberán de entregar la documentación requerida al personal designado por la Subdirección de Servicios Educativos, ubicada en Parque Lira No. 94, Primer piso, Colonia Observatorio, C.P. 11860, Miguel Hidalgo, CDMX, Teléfono 5276 7700 Ext. 2041 y 2034.

El horario de registro será de las 10:00 a las 15:00 horas. Se considerará a las personas formadas en el momento del cierre; después de dicho horario no se recibirán solicitudes.

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